Bienes comunes, mantenciones y certificaciones
Cuidar los bienes de dominio común y realizar las mantenciones, inspecciones y certificaciones de las instalaciones, entre ellas las de gas y los ascensores (artículo 20 N° 1 y 2). Incluye las redes internas de servicios básicos y los sistemas de emergencia y de extinción de incendios. Para contratar la certificación de gas o la mantención de ascensores notifica por escrito el valor al comité, que tiene diez días hábiles para aceptar o proponer otra alternativa.
